A partir del 1 de octubre de 2026, Florida pondrá en marcha una nueva legislación que endurece las consecuencias para quienes obtengan una vivienda de alquiler utilizando información o documentos falsos. La medida busca combatir el fraude en los contratos de arrendamiento y otorga nuevas herramientas legales a los propietarios para finalizar ciertos contratos cuando se compruebe que el alquiler fue conseguido mediante engaños.
La normativa, identificada como HB 1293, fue aprobada de forma unánime por la Legislatura de Florida y posteriormente firmada por el gobernador Ron DeSantis.
La legislación incorpora un nuevo delito relacionado con la obtención fraudulenta de una vivienda residencial. Según el texto de la ley, una persona incurre en esta falta cuando de manera consciente e intencional utiliza datos falsos o documentación alterada para solicitar, firmar o tomar posesión de un inmueble destinado al alquiler.
Entre las acciones contempladas por la norma se encuentran presentar una identidad falsa, utilizar documentos falsificados o modificados y hacerse pasar por otra persona durante el proceso de arrendamiento.
El objetivo de la medida es sancionar los casos en los que exista un fraude deliberado durante la firma o aprobación del contrato.
La ley menciona varios tipos de documentos que, si son falsificados o utilizados de manera fraudulenta, pueden formar parte de este delito.
| Documento | Uso fraudulento señalado por la ley |
| Identificación personal | Presentar una identidad que no corresponde al solicitante. |
| Licencia de conducir | Utilizar una licencia alterada, falsa o perteneciente a otra persona. |
| Estados bancarios | Entregar documentos financieros manipulados para aparentar ingresos. |
| Comprobantes de pago o ingresos | Presentar recibos o evidencias económicas falsificadas. |
La nueva figura legal queda clasificada como una felonía de tercer grado dentro de la legislación de Florida.
De acuerdo con las sanciones generales previstas para este tipo de delito en el estado, una persona condenada podría enfrentar:
Las autoridades deberán demostrar que existió una acción consciente y deliberada para engañar durante el proceso de alquiler.
Otro de los cambios importantes afecta la relación entre propietarios e inquilinos cuando se detecta que una vivienda fue obtenida mediante fraude.
La legislación establece que este tipo de incumplimiento no puede corregirse posteriormente como ocurre con otras violaciones del contrato de arrendamiento.
En esos casos, el propietario puede emitir una notificación de terminación del contrato y el ocupante tendrá un plazo de siete días para desocupar la vivienda.
Además, la norma permite iniciar este procedimiento civil sin necesidad de esperar a que exista un proceso penal concluido.
La HB 1293 recibió respaldo total durante su trámite legislativo.
| Proceso legislativo | Resultado |
| Cámara de Representantes de Florida | 110 votos a favor y 0 en contra. |
| Senado de Florida | 34 votos a favor y 0 en contra. |
| Firma del gobernador Ron DeSantis | 12 de junio de 2026. |
| Entrada en vigor | 1 de octubre de 2026. |
La medida quedó incorporada oficialmente como el Chapter 2026-143 de las leyes del estado.
Uno de los puntos que más ha generado dudas es el alcance de esta legislación.
La norma no establece un nuevo requisito migratorio para acceder a un alquiler en Florida y tampoco convierte automáticamente en delito a una persona por no tener un documento específico.
Lo que sanciona es el uso intencional de información falsa, identidades falsas o documentación alterada para obtener una vivienda. En otras palabras, el enfoque de la ley está dirigido al fraude documental y no modifica por sí sola las reglas migratorias para quienes buscan alquilar una propiedad.
Fuente: Información basada en la legislación oficial HB 1293, aprobada por la Legislatura de Florida y promulgada por el gobernador Ron DeSantis como Chapter 2026-143 de las leyes estatales.
La ley entra en vigor el 1 de octubre de 2026 en todo el estado de Florida.
Utilizar deliberadamente información falsa, documentos alterados o suplantar la identidad de otra persona para obtener un contrato de alquiler o tomar posesión de una vivienda.
La legislación establece un plazo de siete días cuando el propietario termina el contrato por una entrada fraudulenta a la vivienda.
No. El texto legal se refiere específicamente a acciones conscientes e intencionales destinadas a engañar durante el proceso de alquiler.
No. La HB 1293 no crea nuevos requisitos migratorios ni convierte en delito la falta de un documento migratorio determinado. Su alcance se centra en el fraude relacionado con la obtención de una vivienda.
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